• March 29, 2024

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¿Por qué la Enmienda de Igualdad de Derechos podría ser perjudicial para las mujeres?

Por Kristi Burton Brown, J.D.

Varios grupos de mujeres en la nación están presionando para que se promueva la Enmienda de Igualdad de Derechos (ERA, por sus siglas en inglés), que dice: “La igualdad de derechos en virtud de la ley no debe ser denegada o abreviada por los Estados Unidos o por ningún estado a causa del sexo”.

Resucitó después de 37 años, y se agregó a la Constitución de los Estados Unidos. Aprobado por el Senado de EE. UU. Hace 47 años en 1972, finalmente fracasó en 1982, cuando solo 35 de los 38 estados requeridos decidieron aprobarlo al final de un plazo extendido de diez años.

La igualdad de derechos ya forma parte de nuestra Constitución, ya que la Enmienda 14, promulgada poco después de la Guerra Civil, dice que los estados no pueden “negar a ninguna persona dentro de su jurisdicción la igual protección de las leyes”. Por lo tanto, cuando muchas personas escuchan sobre un “ enmienda de igualdad de derechos ”, no ven los graves problemas que podrían surgir al promulgar la ERA.

Aquí hay cinco cosas que todos necesitan saber sobre la Enmienda de Igualdad de Derechos:
1. La Decimocuarta Enmienda ya protege contra la discriminación por razón de sexo.

Los proponentes de la Enmienda de Igualdad de Derechos intentan argumentar que las mujeres, específicamente, no reciben la protección constitucional adecuada en virtud de la Constitución actual.

Sin embargo, esto es totalmente incorrecto. El sexo es una base inadmisible para la discriminación del gobierno, y la Enmienda 14 garantiza que todas las personas, independientemente de su sexo, deben recibir igual protección ante la ley.

De manera similar, la 5ta Enmienda es la base para extender este tratamiento de igualdad de derechos a las acciones del gobierno federal.

No hay duda de que si una mujer presenta un caso y puede demostrar que un estado o el gobierno federal la ha discriminado por su sexo, se considerará que ha sido tratada de manera inconstitucional.

No hay necesidad de la Enmienda de Igualdad de Derechos porque los hombres y las mujeres reciben iguales derechos y la misma protección bajo la ley en la Constitución actual.

2. La fecha límite para la ratificación ha pasado.

Si bien es difícil para algunos aceptar la derrota, el hecho es que la Enmienda de Igualdad de Derechos fue derrotada. Dillon v. Gloss, un caso de la Corte Suprema de EE. UU. De 1921, reconoció el poder del Congreso para aplicar plazos a la ratificación estatal de posibles enmiendas.

En 1939, Coleman v. Miller sostuvo que si una enmienda ha sido ratificada de manera oportuna es totalmente a discreción del Congreso, y no es algo que los tribunales puedan decidir.

Por lo tanto, aquellos que argumentan que la ERA puede resucitarse a pesar del plazo de siete años del Congreso y la extensión de tres años, encuentran sus argumentos extinguidos en la Corte Suprema precedente.
La ERA está muerta en el agua, sin importar cuántos otros estados decidan ratificarla ahora.

Desde 1982, otros dos estados han ratificado la ERA, por lo que sus defensores modernos afirman que solo se necesita un estado más.
La única forma posible de que esto funcione bajo el precedente actual de la corte es si el Congreso, tanto la Cámara de Representantes como el Senado, por separado, acordaron extender el plazo una vez más.
Este voto seguramente se llevaría a la Corte, y el resultado no está claro, pero al menos sabemos que la Corte le ha otorgado poderes de discreción general al Congreso sobre estos asuntos.

3. Cinco estados han votado para rescindir o retirar su ratificación.

Después de 1982, cinco de los 35 estados originales retiraron su ratificación mediante un voto legislativo posterior. Los defensores de la ERA argumentan que esto no está permitido, ya que afirman que los estados no pudieron rescindir su ratificación de la Enmienda 14, pero no parece haber ninguna opinión de la Corte Suprema al respecto.

Si los cinco votos para rescindir son válidos, a la ERA le falta la ratificación de al menos seis estados en este momento.

4. La ERA podría en realidad borrar los derechos necesarios para las mujeres bajo la ley.

El Illinois Family Institute dice que incluso la justicia liberal de la Corte Suprema, Ruth Bader Ginsburg, admitió una vez que, con la ratificación de la ERA, “al menos 800 leyes federales probablemente se anularán, leyes destinadas a proteger a las mujeres”.

Las implicaciones de largo alcance de la ERA:

La Enmienda de Igualdad de Derechos es una enmienda mal redactada de la Constitución de los EE. UU. Que restringiría todas las leyes y prácticas que hacen distinciones basadas en el género o “por razón de sexo”. Según la ERA, los hombres y las mujeres no podrían ser tratados de manera diferente, incluso si Tratamiento diferente es debido a las diferencias físicas.

5. Una razón poco conocida para el impulso detrás de la ERA es el aborto.
A pesar de las dificultades logísticas y legales, prácticamente nadie está en desacuerdo con la idea de que una persona no debe ser tratada de manera diferente según la ley en función de su género.

Sin embargo, esto ya está en la Constitución. Décadas de precedentes de la Corte Suprema de los Estados Unidos han consagrado la igualdad de las mujeres, en virtud de la ley, en la Constitución.
Si la ERA se colocara en la Constitución, el riesgo es que la igualdad sobre la base del sexo se convierta en un “super-derecho” que reemplazaría a otros derechos.
Esto podría dar credibilidad legal a la posición de que a las mujeres se les debe dar un aborto sin restricciones porque es un “derecho” que se les debe en función de su sexo.

Por supuesto, hay una serie de principios constitucionales válidos, y más antiguos, que podrían combatir tal posición.

Es decir, que el derecho a la vida se ha definido explícitamente en la Constitución durante mucho más tiempo y que ningún derecho sobre la base del sexo puede despojar el derecho explícito de otra persona a la vida.

El mayor argumento en contra de la ERA, aparte de los tecnicismos legales, es que puede dañar las protecciones legales de las mujeres y que simplemente es innecesario para la igualdad de las mujeres.

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