• November 22, 2024

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Seis ciudadanos mexicanos condenados por delitos de tráfico sexual internacional


Seis ciudadanos mexicanos condenados por delitos de tráfico sexual internacional.

Damian Williams, el Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, anunció que EFRAIN GRANADOS- CORONA, a/k/a “Chavito”, a/k/a “Cepillo”, fue sentenciado hoy a 212 meses de prisión en conexión con trata de tres víctimas.

Cinco acusados adicionales en este caso fueron condenados previamente a penas de prisión.

JULIO SAINZ-FLORES, alias “Rogelio”, fue sentenciado el 10 de enero de 2020 a 135 meses de prisión.

PEDRO ROJAS-ROMERO fue condenado el 2 de diciembre de 2021 a 137 meses de prisión.

ALAN ROMERO-GRANADOS, alias “El Flaco”, fue condenado el 24 de febrero de 2022 a 84 meses de prisión.

JUAN ROMERO-GRANADOS, alias “Chegoya”, alias “El Guero”, fue condenado el 3 de mayo de 2022 a 108 meses de prisión.

EMILIO ROJAS-ROMERO fue condenado el 9 de junio de 2022 a 136 meses de prisión.

El fiscal federal Damian Williams dijo: “Estos acusados usaron fuerza bruta, amenazas de violencia y falsas promesas para atraer a docenas de víctimas menores y adultas en México y Estados Unidos, traficarlas para sexo comercial y recaudar millones de dólares en ingresos ilegales. La devastación infligida a las víctimas de los acusados es inconmensurable. Estas sentencias envían un mensaje claro: aquellos que se aprovechan de mujeres y niños para venderlos como esclavos sexuales serán procesados y castigados con todo el peso de la ley”.

De acuerdo con las alegaciones en la Acusación de las que cada acusado se declaró culpable, documentos judiciales públicos y declaraciones hechas en el tribunal:

EFRAIN GRANADOS-CORONA, JULIO SAINZ-FLORES, JUAN ROMERO-GRANADOS, ALAN ROMERO-GRANADOS, PEDRO ROJAS-ROMERO y EMILIO ROJAS- ROMERO, los acusados, eran miembros de una organización internacional de tráfico sexual (la “STO”). Muchos de los miembros de la STO están relacionados por sangre, matrimonio y comunidad.

Entre por lo menos en o alrededor de 2000 y 2016, los miembros de la STO (los “Traficantes”) usaron falsas promesas, violencia física y sexual, amenazas, mentiras y coerción para forzar y coaccionar a mujeres adultas y menores (las “Víctimas”) a trabajan en la prostitución tanto en México como en los Estados Unidos.

En la mayoría de los casos, un Traficante atrajo a una Víctima, con frecuencia un menor de edad, en México. El Traficante luego utilizó múltiples medios para aislar a la Víctima de su familia. En algunos casos, el Traficante usó promesas románticas para inducir a la Víctima a dejar a su familia y vivir con el Traficante.

En otros casos, el Traficante violó a la Víctima, dificultándole el regreso con su familia debido al estigma asociado a la violación.

Una vez que una Víctima era separada de su familia, el Traficante frecuentemente monitoreaba sus comunicaciones, la mantenía encerrada en un apartamento, la dejaba sin alimentos y cometía violencia física o sexual contra la Víctima.

Los tratantes a menudo les decían a las víctimas que tenían una deuda importante y que la víctima necesitaba trabajar en el sexo comercial para ayudar a pagar la deuda. Los traficantes generalmente comenzaron a obligar a las Víctimas a trabajar en el sexo comercial en México.

A menudo, se requería que las víctimas vieran al menos de 20 a 40 clientes por día. Los traficantes monitorearon la cantidad de clientes que vio cada Víctima al vigilar a las Víctimas, comunicarse con los trabajadores del burdel y contar la cantidad de condones proporcionados a cada Víctima.

Por lo general, los traficantes exigían que las víctimas entregaran todas las ganancias del sexo comercial a los traficantes.

Después de que una Víctima trabajó en el sexo comercial en México durante algún tiempo, los Traficantes normalmente hacían arreglos para que la Víctima fuera contrabandeada a los Estados Unidos. Los miembros de la STO se ayudaron entre sí para hacer arreglos de contrabando.

En muchos casos, múltiples Traficantes y múltiples Víctimas fueron ingresados de contrabando a los Estados Unidos juntos. En otros casos, un Traficante permaneció en México mientras organizaba el contrabando de una Víctima junto con otro Traficante y otras Víctimas.

Una vez en los Estados Unidos, los miembros de la STO generalmente mantenían a sus Víctimas en uno de varios apartamentos compartidos en la ciudad
de Nueva York. Con frecuencia, a las víctimas que vivían en el mismo apartamento se les prohibía comunicarse entre sí.

Una vez en los Estados Unidos, los Traficantes continuaron utilizando la violencia física y sexual, las amenazas, las mentiras y la coerción para obligar a las Víctimas a trabajar en el sexo comercial.

En la mayoría de los casos, el Traficante u otro miembro de la STO proporcionó a las Víctimas información de contacto con la que encontrar trabajo para participar en actos sexuales comerciales. Las Víctimas normalmente trabajaban en turnos de una semana en un burdel o en un “servicio de entrega”.

En un servicio de entrega, las Víctimas fueron entregadas a los hogares de los clientes por “choferes”. Estos burdeles y servicios de entrega estaban ubicados tanto en Nueva York como en los estados circundantes, incluidos, entre otros, Connecticut, Maryland, Virginia, Nueva Jersey y Delaware.

Generalmente, cada cliente paga de $30 a $35 por 15 minutos de sexo con una Víctima. De eso, la mitad del dinero normalmente iba al conductor (en el caso de un servicio de entrega) o al burdel.

La otra mitad fue para la Víctima, quien generalmente se vio obligada a entregar todas esas ganancias al Traficante.

Cuando un Traficante no estaba disponible, una Víctima se vería obligada a entregar las ganancias a otro miembro de la STO.

Luego, los Traficantes enviaban con frecuencia, o hacían que sus Víctimas enviaran, parte de las ganancias comerciales a los familiares y asociados de los Traficantes en México mediante transferencia bancaria.

Dichas transferencias proporcionaron asistencia financiera a las familias de los Traficantes y proporcionaron apoyo financiero a los Traficantes mismos si regresaban a México.

EFRAIN GRANADOS-CORONA, de 45 años, de México, se declaró culpable de tráfico sexual por la fuerza, fraude y coerción, que conlleva una sentencia mínima obligatoria de 15 años de prisión y una sentencia máxima de cadena perpetua.

Además de las penas de prisión, se ordenó a EFRAIN GRANADOS-CORONA pagar $2,004,450 en restitución.

JULIO SAINZ-FLORES, de 37 años, de México, se declaró culpable de tráfico sexual de un menor, lo que conlleva una sentencia mínima obligatoria de 10 años de prisión y una sentencia máxima de cadena perpetua.

JUAN ROMERO-GRANADOS, 33, ALAN ROMERO-GRANADOS, 28, PEDRO ROJAS-ROMERO, 40, y EMILIO ROJAS- ROMERO, 37, todos mexicanos, se declararon culpables de concierto para delinquir para cometer tráfico sexual por la fuerza, fraude y coacción, que conlleva una sentencia máxima de cadena perpetua.

Además de las penas de prisión, se ordenó a JUAN ROMERO-GRANADOS pagar $147,600 en restitución.

Las posibles sentencias máximas y mínimas en este caso son prescritas por el Congreso y se proporcionan aquí solo con fines informativos, ya que el juez determinará las sentencias de los acusados.

El procesamiento está a cargo de la Unidad de Crimen Violento y Organizado de la Oficina del Fiscal Federal para el Distrito Sur de Nueva York. Las fiscales federales adjuntas Jacqueline C. Kelly y Elinor L. Tarlow están a cargo de la acusación.

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